¿Puedo pagar una derrama a plazos?

Cuándo puedes negarte a pagar una derrama

Convivir en una comunidad de vecinos implica una serie de obligaciones y responsabilidades.

Entre ellas encontramos el pago de derramas. Seguro que, si vives en un edificio, sabes de lo que hablamos. E incluso habrás tenido que afrontar alguna.

Sea como sea, a continuación, queremos responder a algunas de las dudas más frecuentes que surgen en torno a este tema.

La más común: ¿cuándo puedes negarte a pagar una derrama? O ¿puedo pagar una derrama a plazos?

Veamos qué puedes hacer en estos casos.

Vivir en una comunidad de vecinos requiere ponerse de acuerdo en todas aquellas decisiones que afectan a las zonas comunes. La figura del administrador de fincas actúa como intermediario y experto para poner solución a cualquier conflicto entre vecinos.

Qué es una derrama

Antes de comenzar a hablar sobre derramas, veamos qué son realmente y qué implica que en tu comunidad se aplique una.

Una derrama es un pago extraordinario que debe hacer la comunidad, o mejor dicho, los propietarios que forman parte de una comunidad, para cubrir una determinada necesidad.

Normalmente se recurre a ella cuando hay que hacer mejoras en el edificio de carácter urgente y no se ha previsto en los presupuestos anuales.

Sabemos que los gastos inesperados no sientan bien a nadie. Pero, en caso de que se apruebe una derrama, tendremos que hacer frente a ella.

La ley no dice nada sobre cómo pagar una derrama, pero lo habitual es aplicar las mismas reglas que en el pago de las cuotas de la comunidad.

Es decir, calcular la cuota en función de los metros de la vivienda o cualquier otro requisito que se aplique en cada caso. Esto sí que está recogido en la Ley de Propiedad Horizontal, concretamente en el artículo 3.

Ahora que sabes qué es una derrama, veamos algunos ejemplos.

Ejemplos de derrama

Como decíamos antes, una derrama es una herramienta que se utiliza en el caso de que exista un gasto extraordinario y urgente en una comunidad de vecinos.

Estos pueden ser, por ejemplo, la instalación de un ascensor, su reparación, pintar el edificio, reparar tuberías o el cuadro eléctrico, cambiar las ventanas, renovar la fachada, eliminar humedades, hacer obra en la escalera, arreglo de bajantes…

En cualquier caso se trata de sucesos que no pueden afrontarse con la cuota mensual de la comunidad. Esta se suele emplear en gastos de mantenimiento recurrentes como la limpieza o jardinería.

Cuándo puedes negarte a pagar una derrama

Entramos a un tema que preocupa bastante entre propietarios, ¿cuándo puedes negarte a pagar una derrama? ¿Existe realmente esta posibilidad?

Antes de ahondar, debes saber que cuando una derrama se aprueba, todo aquel vecino que se niegue a pagar será catalogado como moroso.

Es decir, una vez que la derrama sale adelante el pago queda vinculado a todos los vecinos propietarios.

E incluso si un vecino se niega a pagar, es posible iniciar un procedimiento judicial para que cumpla con su obligación.

No obstante, como administradores de fincas, te recomendamos intentar resolver el conflicto por la vía amistosa. Si no fuera posible, entonces no te quedaría más remedio que recurrir a la vía judicial.

Aún así, hay matices a añadir a la pregunta “cuándo puedes negarte a pagar una derrama”.

¡Veamos cuáles son!

Excepciones en el pago de la derrama de una comunidad

Acabamos de decir que el pago de la derrama de una comunidad es obligatorio. Y que una vez que se aprueba, el pago queda vinculado a todos los propietarios.

Pero, si distinguimos entre diferentes tipos de derramas, vemos que no siempre es así.

  • Derramas para la mejora del edificio. Hablamos de derramas que se destinan para paliar el deterioro de la comunidad. Es normal, sobre todo en edificios antiguos, que el paso del tiempo acabe deteriorando los elementos que forman parte. Por ejemplo, la fachada, la instalación eléctrica o la fontanería. En estos casos hay que distinguir entre si es una derrama que afecta a la seguridad y habitabilidad del edificio o no. En caso de que así sea, el pago es obligatorio. Aquí no hay excepciones que valgan. Todos los propietarios tendrán que pagar su cuota extraordinaria correspondiente. Si hablamos de derramas destinadas a la mejora del edificio, pero que no afectan a la seguridad y habitabilidad, no es obligatorio.
  • Derrama para eliminar barreras arquitectónicas. El mejor ejemplo para explicar esta otra situación es la instalación de un ascensor. En este caso, los propietarios tienen la obligación de pagar si existen personas mayores de 70 o discapacitados viviendo en el edificio. En caso contrario, no. En este artículo te lo explicamos paso a paso: ¿Puedo negarme a poner ascensor en mi comunidad? Como ves, depende del caso. En situaciones así, lo mejor es preguntar al administrador de fincas de tu comunidad.
  • Derramas o gastos que no son estrictamente necesarios. En este grupo entrarían todas aquellas obras que no afectan al correcto funcionamiento de la comunidad. Y, como decíamos en el primer punto, tampoco afectan a la habitabilidad y seguridad del edificio. En estos casos sí que puedes negarte.

Si quieres más información sobre “cuándo puedes negarte a pagar una derrama”, puedes leer el artículo 17.4 de la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Puedo pagar una derrama a plazos?

Esta es otra de las preguntas que más se repiten entre los propietarios de una comunidad.

La respuesta está en lo que se haya acordado en la junta de vecinos.

Para que lo entiendas mejor, una derrama se aprueba en una junta de vecinos. En ella se especifica el motivo o justificación de la misma, el valor total, los plazos en que se puede abonar y la cuota que corresponde pagar a cada propietario.

Por cuestiones como esta es recomendable no perderse ninguna junta.

En estas reuniones se toman decisiones importantes y se llegan a acuerdos que vinculan a todos los vecinos.

No obstante, para que esta y otras situaciones salgan adelante sin problema, es fundamental contar con un administrador de fincas experto.

Si todavía no tienes uno en tu comunidad o estáis pensando en cambiar de profesional, escríbenos y nos conocemos.

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