El ruido excesivo en comunidades de propietarios es uno de los motivos más comunes de conflicto vecinal. Desde la música alta hasta las obras a deshoras, todo suma.
Por ello, para evitar disputas, es clave conocer los horarios permitidos. Es decir, ¿hasta qué hora se puede hacer ruido? Aquí te damos las claves legales y prácticas para mantener la paz en tu edificio.
¿Qué dice la ley sobre el ruido en viviendas?
En primer lugar, es importante comentar que en España no existe una única norma estatal que fije los horarios de ruido. Cada comunidad y ayuntamiento tiene su propia ordenanza.
Aun así, de forma general, entre las 22:00 h y las 8:00 h se protege especialmente el descanso vecinal. Hacer ruido en ese horario puede acarrear sanciones.
Importante: también hay límites durante el día, por lo que es clave saber hasta qué hora se puede hacer ruido según tu municipio.
Horarios habituales permitidos por normativa local
Como decíamos, el horario en el que se permite hacer ruido puede variar en función del municipio o localidad. No obstante, de forma general, estos son los tramos más comunes que hay que tener en cuenta:
- Día (8:00 h a 21:59 h): se permite actividad normal, siempre que no supere los niveles máximos de ruido.
- Noche (22:00 h a 7:59 h): solo se admiten ruidos puntuales inevitables. No se puede poner música alta ni hacer obras.
- Siesta (14:00 h a 17:00 h): en algunos municipios, se establecen límites más estrictos durante estas horas.
En cualquier caso, si quieres saber hasta qué hora se puede hacer ruido en tu caso, te recomendamos consultar la ordenanza acústica de tu ayuntamiento. Si no sabes dónde encontrarla, puedes preguntar a tu administrador de fincas.
Qué hacer si un vecino hace ruido fuera de horario
Ahora bien, si lo que quieres es saber hasta qué hora se puede hacer ruido porque hay un vecino molesto en tu comunidad, lo ideal es que antes de realizar cualquier otra acción, hables con él.
Una conversación cordial puede evitar muchos problemas. Pero si eso no funciona, hay varias vías que puedes seguir:
- Informar al administrador o presidente: es buena idea comunicarlo por escrito. A veces, una advertencia formal dentro de la comunidad basta para que la persona implicada cambie de actitud.
- Llamar a la policía local: si el ruido persiste, puedes llamar a la policía por ruido de vecinos. Ellos pueden comprobar si se superan los niveles permitidos y levantar un acta. Esto sirve como prueba si decides ir más allá.
- Denunciar en el ayuntamiento: si el problema continúa, puedes presentar un modelo de denuncia por ruidos molestos al ayuntamiento. Algunos consistorios ya ofrecen formularios online. Adjuntar registros, vídeos o testimonios refuerza tu caso.
Casos especiales: obras, mudanzas y eventos puntuales
Llegados a este punto, es importante señalar también que hay ocasiones en que los ruidos son inevitables, como reformas, mudanzas o celebraciones familiares.
Para estos casos, muchos ayuntamientos permiten solicitar permisos especiales para realizar actividades ruidosas fuera del horario habitual.
Eso sí, deben tramitarse con antelación y avisar a la comunidad. En caso contrario, podrían ser sancionados igual que cualquier otra actividad molesta.
Así que si necesitas hacer obras, tocar un instrumento o celebrar algo, sé previsor. Informa a tus vecinos con antelación, respeta los horarios permitidos y limita los ruidos al mínimo imprescindible.
La buena convivencia empieza con la empatía. Y muchas veces, un simple aviso puede evitar malentendidos y quejas.
Conclusión sobre horarios y ruido
Como hemos visto, saber hasta qué hora se puede hacer ruido en tu comunidad es clave para poder convivir en paz y armonía. Es más, la normativa está pensada para proteger el descanso de todos y evitar disputas innecesarias.
Por ello, si tienes un vecino ruidoso, actúa con calma, documenta todo y utiliza las herramientas que la ley pone a tu alcance. Y si eres tú quien va a generar el ruido, avisa, respeta los horarios y busca siempre el equilibrio. Porque en las comunidades, como en todo, el respeto es la base de una buena convivencia.
Para acabar, si necesitas hablar con un administrador de fincas, ponte en contacto con nosotros. Te ayudaremos a resolver cualquier problema de tu comunidad. Llámanos al teléfono 957 237 884 o escríbenos al email administracion@atico07.com


 regula cómo y cuándo puede hacerse**, ya que la antena es un elemento común del edificio y su retirada afecta al conjunto de los vecinos. De hecho, no es una decisión que pueda tomarse a la ligera. Retirar una antena comunitaria implica tener en cuenta aspectos legales, técnicos y económicos, y requiere el consenso de la comunidad. A continuación, te explicamos qué dice la ley, cómo debe hacerse el proceso y qué consecuencias puede haber si se actúa sin acuerdo. ## H2. Qué dice la ley sobre las antenas comunitarias Para comenzar, debes saber que las antenas de televisión instaladas en una comunidad de vecinos se consideran elementos comunes del inmueble. Esto significa que su instalación, mantenimiento o retirada está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por lo tanto, y según esta normativa, **ningún propietario puede quitar por su cuenta la antena comunitaria, aunque no la utilice.** Cualquier modificación o eliminación debe aprobarse en junta de propietarios, con el quórum correspondiente. ## H2. Qué pasos seguir para quitar una antena comunitaria Llegado el caso, y visto que sí se puede quitar una antena comunitaria, para retirarla se requiere seguir un proceso ordenado y documentado: - **Propuesta formal al presidente o administrador.** Cualquier vecino puede solicitar incluir en el orden del día la propuesta de retirada de la antena. El [administrador de fincas](https://aaff.atico07.es/funciones-del-administrador-de-fincas/) revisará la solicitud y la incluirá en la próxima convocatoria de junta. - **Presentación de informes o presupuestos.** Es recomendable disponer de un informe técnico que justifique la necesidad de la retirada o sustitución. También deben solicitarse presupuestos de instaladores autorizados.. - **Votación y acuerdo en junta.** Durante la reunión, se debatirá la propuesta y se someterá a votación. Para que sea válida, debe aprobarse por tres quintas partes de los propietarios. - **Contratación del técnico homologado.** Una vez aprobado el acuerdo, se contratará a una empresa instaladora inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. - **Retirada y verificación técnica.** El técnico se encargará de desmontar la antena, asegurando que no se afecten otras instalaciones. Si la comunidad tiene seguro multirriesgo, conviene comunicar la intervención para evitar incidencias. - **Redacción del acta y comunicación a los vecinos.** El administrador deberá reflejar en el acta la decisión adoptada, el número de votos, el presupuesto aprobado y la empresa contratada. Posteriormente, se notificará a todos los vecinos. ## H2. Qué consecuencias puede tener quitar una antena sin permiso Como decíamos, se puede quitar una antena comunitaria, pero hacerlo sin acuerdo o sin seguir el procedimiento legal puede traer varios problemas. En primer lugar, **cualquier vecino afectado puede impugnar el acuerdo si no se alcanzó el quórum exigido o si considera que se vulneran sus derechos.** Además, si se produce un daño en la estructura del edificio durante la retirada, la responsabilidad recaerá sobre quienes la hayan ordenado sin autorización. Por otra parte, si la retirada deja sin servicio de televisión a un vecino, este podría reclamar daños y perjuicios. En estos casos, los tribunales suelen dar la razón al propietario afectado, especialmente si no se le ofreció una alternativa técnica. Por eso, los administradores de fincas insistimos en la importancia de dejar constancia de todo el proceso, desde la propuesta hasta la retirada efectiva. ## H2. Conclusión: quitar una antena comunitaria sí es posible, pero con consenso En resumen, sí se puede quitar una antena comunitaria, pero solo siguiendo el procedimiento legal y con el acuerdo de la comunidad. En este sentido, **la Ley de Propiedad Horizontal exige que la decisión se tome en junta de propietarios, con una mayoría cualificada, y que los trabajos los realice un técnico autorizado.** No obstante, antes de actuar, conviene consultar al administrador de fincas o a un abogado especializado en propiedad horizontal para asegurarse de que el proceso se realiza correctamente. Se puede quitar una antena comunitaria](https://aaff.atico07.es/wp-content/uploads/2025/11/Se-puede-quitar-una-antena-comunitaria.jpg)
