Una comunidad de vecinos ha de velar por el bienestar de cada uno de los residentes de la finca. También por el de los propietarios que no viven en sus inmuebles.
Sin embargo, esto no sucede así. Sino que es muy habitual que se produzcan episodios que terminan afectando a alguno de los miembros del edificio.
Si esto sucede, pronto surge una duda que debe ser contestada: ¿puede un propietario demandar a la comunidad?
En Ático 07 nos encanta dar respuesta a este tipo de incógnitas. No importa lo polémica que sean, ya que el objetivo es que todo el mundo se sienta a gusto en su hogar.
¿Qué dice la ley sobre las demandas a la comunidad?
Al igual que en cualquier otro tema asociado a la comunidad de propietarios, el primer paso para responder estas preguntas es atender a lo estipulado en la ley.
En este caso no hablamos solo de los motivos para denunciar a un vecino. Se trata de una demanda contra la finca en su conjunto. Por lo que hay que ir con pies de plomo antes de actuar.
En este punto, conviene hablar de dos regulaciones. La primera de ellas, atiende al Código Civil. Allí se especifica que las comunidades de vecinos deben cubrir los daños físicos, morales y económicos que se produzcan sobre alguno de los miembros del edificio.
En segundo lugar, encontramos la Ley de Propiedad Horizontal 8/1999. Esta normativa ampara a aquellos vecinos que quieran impugnar alguna medida adoptada en junta que le pueda perjudicar. Algo muy habitual cuando se aprueban acuerdos ilegales o incompatibles con el bienestar de algún inquilino.
Dos tipos de denuncias que evidencian una realidad muy contundente: un propietario puede demandar a la comunidad por su cuenta.
Cuándo puede un propietario demandar a la comunidad
De nuevo queremos hacer una diferenciación entre los dos tipos de demanda que se plantean en estas situaciones. Es decir, las que derivan de un daño ocasionado y la que buscan una impugnación sobre una medida acordada por la comunidad.
- Demandas por daños. Según el Tribunal Supremo, los daños ocasionados por una causa extracontractual prescriben al año. Plazo que comienza una vez llegan los efectos definitivos del perjuicio.
- Demandas para impugnar acuerdos. En base a lo dictaminado por la LPH, este tipo de demandas tienen un máximo de tres meses para entrar en curso. Pueden presentarse a partir de la adopción de la decisión en junta o, si no se estuvo presente, desde la notificación del acto.
Como ves, los plazos no son demasiado amplios. Por lo que te recomendamos actuar con diligencia para no sufrir problemas administrativos.
Pasos para demandar a la comunidad de vecinos
Ahora que ya hemos dejado claro que un propietario puede demandar a la comunidad y los márgenes de tiempo para hacerlo, pasamos a detallar cómo llevarlo a cabo.
En este punto, lo mejor es consultar con un asesor jurídico. También puedes pedir consejo a tu administrador.
Sin embargo, los pasos son casi siempre los mismos. ¡Aquí te los dejamos!
- Deja constancia de la situación. Intenta solucionar el problema por la vía amistosa. Haz una reclamación a la comunidad de forma oral y, por supuesto, escrita.
- Denuncia por la vía administrativa. Explica lo acontecido al ayuntamiento de tu localidad. Insiste por la vía contencioso-administrativa si fuera necesario.
- Inicia el proceso legal. Bien sea por la vía judicial o, si fuese el caso, la penal, es el momento de abrir el litigio para hacer frente a la comunidad. Eso sí, llegados a estos términos es fundamental contar con un buen abogado.
Preguntas frecuentes
Como es posible que todavía tengas dudas acerca del procedimiento, desde Ático 07 hemos planteado un listado de preguntas y respuestas.
Una guía práctica para que resuelvas todo interrogante que te inquiete. Lo cual te permitirá actuar con más eficiencia en cada caso.
¿Puede un propietario demandar a la comunidad? Ya hemos dejado claro que sí. Pero hay muchas otras cuestiones que hay que valorar.
Veámoslas en detalle para otorgar más claridad si cabe al asunto.
Cuanto cuesta demandar a la comunidad
La pregunta de cuánto cuesta demandar a la comunidad es la más repetida de todas. No nos extraña: la estabilidad económica no es un tema que se pueda tomar a broma.
Si bien es cierto que cada caso es un mundo, debes saber que el coste jamás repercutirá en tu bolsillo.
La comunidad de vecinos está obligada a asumir los gastos judiciales contra otros propietarios. Así que, a pesar de ser litigante, será la finca la encargada de pagar este procedimiento.
Qué es una demanda contra comunidad de propietarios por daños
Como bien hemos comentado, las denuncias por daños son muy habituales en los edificios con varios vecinos.
Una demanda contra comunidad de propietarios por daños es una reclamación administrativa o judicial que busca la compensación por el perjuicio ocasionado por un tercero.
Dicho tercero no es otro que la comunidad. Quien, si sales victorioso, te deberá resarcir económicamente o como se considere en la sentencia dictada.
¿Se puede demandar a una comunidad vecina?
Es posible que la demanda no sea contra tu propiedad, sino contra un edificio vecino. Si esto sucede, el Tribunal Supremo reconoce tu legitimidad para iniciar este proceso.
Ahora bien, en estos supuestos sí te tocará asumir los costes de la denuncia. Al menos hasta que se dicte sentencia a tu favor.
Porque puede que el daño sufrido se esté generando fuera de tu finca. Pero eso no significa que no merezcas una solución.
¿Buscas administrador de fincas?
Muchas de las situaciones que terminan en demanda podrían haberse evitado si se tuviera un buen administrador de fincas.
Es irrelevante si hablamos de los problemas con otros vecinos o con la comunidad en su conjunto. Desde Ático 07 estamos acostumbrados a mediar entre todas las partes para obtener la resolución más amable posible.
De igual modo, tanto si representas a la comunidad como si eres un afectado, nuestro equipo de asesores te informará sobre todos los pasos que debes dar. Una guía para que no cometas errores en ningún momento.
Por consiguiente, si estás buscando un equipo comprometido y que actúe desde la transparencia profesional, escríbenos.
Estudiaremos tu caso de forma detenida para así dar con las soluciones idóneas.


 regula cómo y cuándo puede hacerse**, ya que la antena es un elemento común del edificio y su retirada afecta al conjunto de los vecinos. De hecho, no es una decisión que pueda tomarse a la ligera. Retirar una antena comunitaria implica tener en cuenta aspectos legales, técnicos y económicos, y requiere el consenso de la comunidad. A continuación, te explicamos qué dice la ley, cómo debe hacerse el proceso y qué consecuencias puede haber si se actúa sin acuerdo. ## H2. Qué dice la ley sobre las antenas comunitarias Para comenzar, debes saber que las antenas de televisión instaladas en una comunidad de vecinos se consideran elementos comunes del inmueble. Esto significa que su instalación, mantenimiento o retirada está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por lo tanto, y según esta normativa, **ningún propietario puede quitar por su cuenta la antena comunitaria, aunque no la utilice.** Cualquier modificación o eliminación debe aprobarse en junta de propietarios, con el quórum correspondiente. ## H2. Qué pasos seguir para quitar una antena comunitaria Llegado el caso, y visto que sí se puede quitar una antena comunitaria, para retirarla se requiere seguir un proceso ordenado y documentado: - **Propuesta formal al presidente o administrador.** Cualquier vecino puede solicitar incluir en el orden del día la propuesta de retirada de la antena. El [administrador de fincas](https://aaff.atico07.es/funciones-del-administrador-de-fincas/) revisará la solicitud y la incluirá en la próxima convocatoria de junta. - **Presentación de informes o presupuestos.** Es recomendable disponer de un informe técnico que justifique la necesidad de la retirada o sustitución. También deben solicitarse presupuestos de instaladores autorizados.. - **Votación y acuerdo en junta.** Durante la reunión, se debatirá la propuesta y se someterá a votación. Para que sea válida, debe aprobarse por tres quintas partes de los propietarios. - **Contratación del técnico homologado.** Una vez aprobado el acuerdo, se contratará a una empresa instaladora inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. - **Retirada y verificación técnica.** El técnico se encargará de desmontar la antena, asegurando que no se afecten otras instalaciones. Si la comunidad tiene seguro multirriesgo, conviene comunicar la intervención para evitar incidencias. - **Redacción del acta y comunicación a los vecinos.** El administrador deberá reflejar en el acta la decisión adoptada, el número de votos, el presupuesto aprobado y la empresa contratada. Posteriormente, se notificará a todos los vecinos. ## H2. Qué consecuencias puede tener quitar una antena sin permiso Como decíamos, se puede quitar una antena comunitaria, pero hacerlo sin acuerdo o sin seguir el procedimiento legal puede traer varios problemas. En primer lugar, **cualquier vecino afectado puede impugnar el acuerdo si no se alcanzó el quórum exigido o si considera que se vulneran sus derechos.** Además, si se produce un daño en la estructura del edificio durante la retirada, la responsabilidad recaerá sobre quienes la hayan ordenado sin autorización. Por otra parte, si la retirada deja sin servicio de televisión a un vecino, este podría reclamar daños y perjuicios. En estos casos, los tribunales suelen dar la razón al propietario afectado, especialmente si no se le ofreció una alternativa técnica. Por eso, los administradores de fincas insistimos en la importancia de dejar constancia de todo el proceso, desde la propuesta hasta la retirada efectiva. ## H2. Conclusión: quitar una antena comunitaria sí es posible, pero con consenso En resumen, sí se puede quitar una antena comunitaria, pero solo siguiendo el procedimiento legal y con el acuerdo de la comunidad. En este sentido, **la Ley de Propiedad Horizontal exige que la decisión se tome en junta de propietarios, con una mayoría cualificada, y que los trabajos los realice un técnico autorizado.** No obstante, antes de actuar, conviene consultar al administrador de fincas o a un abogado especializado en propiedad horizontal para asegurarse de que el proceso se realiza correctamente. Se puede quitar una antena comunitaria](https://aaff.atico07.es/wp-content/uploads/2025/11/Se-puede-quitar-una-antena-comunitaria.jpg)
