La contabilidad en una comunidad de propietarios es uno de los principales temas de interés en lo relativo a la administración de fincas.
¿Cómo se presentan los formularios? ¿Qué modelos de Hacienda se deben declarar? ¿Quién puede acceder a las cuentas?
Todas estas preguntas y muchas más traen de cabeza a los propietarios. Lo sabemos. Así que, ¿qué te parece si las respondemos para que puedas salir de dudas?
¡Una buena contabilidad es sinónimo de estabilidad!
Tener unas cuentas saneadas hará que tu comunidad de propietarios pueda cubrir todas sus necesidades y que tú y tus vecinos disfrutéis de unas zonas comunes en perfecto estado.
Cómo gestionar una comunidad de vecinos
Gestionar una comunidad de vecinos puede ser una auténtica odisea. No todos los vecinos se llevan lo bien que deberían y esto puede derivar en problemas.
A los conflictos cotidianos, hay que sumarle toda la normativa relativa a la contabilidad en una comunidad de propietarios.
A continuación, resumimos algunos de los puntos clave en dicha gestión.
- Mantenimiento de la comunidad. Toda comunidad está obligada a mantener sus instalaciones en óptimo estado. Por ende, debe destinarse parte del capital a las obras tanto en las zonas comunes como en el edificio en su conjunto.
- Respetar la Ley de Propiedad Horizontal. Las normas de ruido, la gestión de morosos o las derramas son aspectos que quedan recogidos en la LPH. Una serie de normativas que se deben respetar al pie de la letra.
- Llevar un Libro de Cuentas. La comunidad debe llevar un registro pormenorizado de las cuentas anuales. Estos datos se recogerán en el libro de registro de ventas e ingresos, el libro de registro de compras y gastos y el libro de registro de bienes de inversión.
Cómo presentar las cuentas de una comunidad de propietarios
Como ves, la contabilidad en una comunidad de propietarios es un tema especialmente relevante en las obligaciones de la finca.
Sin embargo, hay mucha incertidumbre en lo que respecta a la presentación de estos datos.
La LPH determina que se debe aprobar el plan de gastos e ingresos, así como estipular las cuentas anuales.
De igual manera, se especifica que la comunidad se debe reunir una vez al año para aprobar los presupuestos.
En dichos presupuestos, se ha de especificar cuánto se va a destinar a las obligaciones tributarias. Punto en el que entran en juego los modelos de Hacienda.
Modelo 184 comunidades de propietarios
En caso de que la comunidad de vecinos supere los 3.000€ anuales de ingresos, debe presentar el modelo 184 de comunidades de propietarios.
El modelo 184 de Hacienda se ha de presentar siempre que haya ingresos superiores a los 3.000 euros anuales.
En el documento se deben plasmar todas las rentas de la comunidad. Por ejemplo, el alquiler de las zonas comunes, las subvenciones o las ganancias patrimoniales.
El modelo 184 se presenta durante el mes de febrero del año siguiente a los ingresos. No hacerlo puede acarrear multas entre 300€ y 20.000€.
Un documento más que se suma a otros como el modelo 111, el modelo 190 o el modelo 347.
Algunas preguntas frecuentes
La contabilidad en una comunidad de propietarios es un tema que da para hablar largo y tendido.
Sin embargo, además de lo que ya hemos mencionado, nuestros clientes siempre tienen las mismas dudas.
Estas preguntas se repiten una y otra vez. Son preguntas concretas y que quizás tú también tengas pendiente.
¡Veamos de qué se trata!
¿Puede un propietario ver las cuentas de la comunidad?
La respuesta es sencilla: sí.
Sin embargo, el propietario debe justificar el motivo de su revisión. Es decir, solo en caso de que tenga una causa bien argumentada, podrá acceder a dicha información.
Aunque la ley de protección de datos determina que no puede ver de manera generalizada todas las cuentas. Solo aquello asociado a la causa de la revisión.
¿Puede facturar una comunidad de propietarios?
Las comunidades de vecinos deben contar con su propio número de identificación fiscal.
Al disponer de un NIF, la comunidad actúa como un ente. Por lo que sí: puede emitir y recibir facturas a su nombre.
Esperamos haberos sido de ayuda con los temas de contabilidad en una comunidad de propietarios.
Sabemos que no es un tema sencillo. Pero en Ático 07 estamos para cualquier necesidad que tengáis y nos ponemos a vuestra disposición para gestionar la finca como corresponde.
Si necesitas ayuda, escríbenos y te contamos de qué manera podemos trabajar juntos por el bien de tu comunidad.

 regula cómo y cuándo puede hacerse**, ya que la antena es un elemento común del edificio y su retirada afecta al conjunto de los vecinos. De hecho, no es una decisión que pueda tomarse a la ligera. Retirar una antena comunitaria implica tener en cuenta aspectos legales, técnicos y económicos, y requiere el consenso de la comunidad. A continuación, te explicamos qué dice la ley, cómo debe hacerse el proceso y qué consecuencias puede haber si se actúa sin acuerdo. ## H2. Qué dice la ley sobre las antenas comunitarias Para comenzar, debes saber que las antenas de televisión instaladas en una comunidad de vecinos se consideran elementos comunes del inmueble. Esto significa que su instalación, mantenimiento o retirada está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por lo tanto, y según esta normativa, **ningún propietario puede quitar por su cuenta la antena comunitaria, aunque no la utilice.** Cualquier modificación o eliminación debe aprobarse en junta de propietarios, con el quórum correspondiente. ## H2. Qué pasos seguir para quitar una antena comunitaria Llegado el caso, y visto que sí se puede quitar una antena comunitaria, para retirarla se requiere seguir un proceso ordenado y documentado: - **Propuesta formal al presidente o administrador.** Cualquier vecino puede solicitar incluir en el orden del día la propuesta de retirada de la antena. El [administrador de fincas](https://aaff.atico07.es/funciones-del-administrador-de-fincas/) revisará la solicitud y la incluirá en la próxima convocatoria de junta. - **Presentación de informes o presupuestos.** Es recomendable disponer de un informe técnico que justifique la necesidad de la retirada o sustitución. También deben solicitarse presupuestos de instaladores autorizados.. - **Votación y acuerdo en junta.** Durante la reunión, se debatirá la propuesta y se someterá a votación. Para que sea válida, debe aprobarse por tres quintas partes de los propietarios. - **Contratación del técnico homologado.** Una vez aprobado el acuerdo, se contratará a una empresa instaladora inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. - **Retirada y verificación técnica.** El técnico se encargará de desmontar la antena, asegurando que no se afecten otras instalaciones. Si la comunidad tiene seguro multirriesgo, conviene comunicar la intervención para evitar incidencias. - **Redacción del acta y comunicación a los vecinos.** El administrador deberá reflejar en el acta la decisión adoptada, el número de votos, el presupuesto aprobado y la empresa contratada. Posteriormente, se notificará a todos los vecinos. ## H2. Qué consecuencias puede tener quitar una antena sin permiso Como decíamos, se puede quitar una antena comunitaria, pero hacerlo sin acuerdo o sin seguir el procedimiento legal puede traer varios problemas. En primer lugar, **cualquier vecino afectado puede impugnar el acuerdo si no se alcanzó el quórum exigido o si considera que se vulneran sus derechos.** Además, si se produce un daño en la estructura del edificio durante la retirada, la responsabilidad recaerá sobre quienes la hayan ordenado sin autorización. Por otra parte, si la retirada deja sin servicio de televisión a un vecino, este podría reclamar daños y perjuicios. En estos casos, los tribunales suelen dar la razón al propietario afectado, especialmente si no se le ofreció una alternativa técnica. Por eso, los administradores de fincas insistimos en la importancia de dejar constancia de todo el proceso, desde la propuesta hasta la retirada efectiva. ## H2. Conclusión: quitar una antena comunitaria sí es posible, pero con consenso En resumen, sí se puede quitar una antena comunitaria, pero solo siguiendo el procedimiento legal y con el acuerdo de la comunidad. En este sentido, **la Ley de Propiedad Horizontal exige que la decisión se tome en junta de propietarios, con una mayoría cualificada, y que los trabajos los realice un técnico autorizado.** No obstante, antes de actuar, conviene consultar al administrador de fincas o a un abogado especializado en propiedad horizontal para asegurarse de que el proceso se realiza correctamente. Se puede quitar una antena comunitaria](https://aaff.atico07.es/wp-content/uploads/2025/11/Se-puede-quitar-una-antena-comunitaria.jpg)

