Si alguna vez te ha tocado hacerlo, sabrás que organizar una reunión de vecinos no es una tarea fácil.
Para que la junta tenga validez, se deben seguir ciertas pautas. Y tener en cuenta aspectos como los que vamos a tratar a continuación.
Sigue leyendo y descubre cómo convocar una reunión de vecinos de manera oficial y cumpliendo con la legislación.
De no respetar los criterios necesarios para convocar una junta de vecinos, esta puede acabar impugnada y cualquier decisión que se tome en ella dejará de tener validez.
La reunión de vecinos paso a paso
Para comenzar, veamos cuál es el proceso correcto para hacer efectiva una convocatoria de reunión de vecinos.
- Identificar la necesidad de convocar una junta. La reunión de vecinos sólo puede ser organizada por el presidente de la comunidad o por el 25% de los propietarios de la finca. Si eres el presidente y has detectado una necesidad para tratar en una junta, puedes convocarla sin más. Si eres un vecino, deberás hablar con el presidente o reunir un 25% de apoyo.
- Establecer la orden del día. En la propia hoja de la convocatoria se debe plasmar cuál es la orden del día. No importa si es una junta ordinaria o extraordinaria. Lo relevante es que el tema a tratar esté claro y se comunique a todos los propietarios.
- Fijar fecha y hora. Se deben ofrecer dos opciones. En caso de que en la primera no se presente más del 50% de los propietarios, se acudirá a la segunda. En el modelo de la junta deben quedar fijadas ambas fechas con sus respectivas horas.
- Informar sobre la opción de representación. Cualquier propietario que no pueda acudir, tiene la opción de enviar a otra persona en su nombre.
- Enviar la convocatoria. Por último, para que la comunicación sea efectiva, es posible colgar un cartel informativo en la finca o proceder con el envío postal o telemático.
Preguntas frecuentes
Visto el procedimiento exacto a realizar para convocar una reunión de vecinos, profundicemos ahora en alguna de las dudas más frecuentes al respecto.
¿Quién puede convocar una reunión de vecinos?
Como ya hemos mencionado, las juntas de vecinos sólo pueden ser convocadas por el presidente de la comunidad o por el 25% de los propietarios.
Esta información está recogida en la Ley de Propiedad Horizontal. La cual dice textualmente: “La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión”.
¿Con cuántos días de antelación se puede convocar?
Antes de aclarar esta duda, cabe señalar que hay dos tipos de juntas: las ordinarias y las extraordinarias.
Veamos qué plazos se han de respetar en cada reunión de vecinos:
- Juntas ordinarias. Se dan de forma anual y pueden convocarse con una antelación mínima de seis días.
- Juntas extraordinarias. Suelen ser reuniones urgentes, por lo tanto no existe una antelación mínima para convocarlas. Recomendamos hacerlo con un margen de tiempo prudencial para que los vecinos puedan asistir.
¿Cómo redactar un acta de una comunidad de vecinos?
La Ley de Propiedad Horizontal exige que el acta de la junta cumpla con ciertos puntos. De lo contrario, lo acordado podría no tener validez legal. Algunos de los puntos más importantes son:
- Fecha y lugar de la junta.
- Autor de la convocatoria.
- Carácter ordinario o extraordinario y número de la convocatoria.
- Relación de los asistentes y de los representados.
- Orden del día.
- Acuerdos y votos.
En cuanto a las firmas, el acta se debe cerrar con la del presidente y la del secretario de la junta.
¿Tienes alguna otra duda sobre cómo convocar una reunión de vecinos? Si es así, o necesitas un administrador que te ayude con estos temas, escríbenos.
En Ático 07 somos administradores de fincas profesionales con más de 15 años de experiencia en la gestión de fincas.

 regula cómo y cuándo puede hacerse**, ya que la antena es un elemento común del edificio y su retirada afecta al conjunto de los vecinos. De hecho, no es una decisión que pueda tomarse a la ligera. Retirar una antena comunitaria implica tener en cuenta aspectos legales, técnicos y económicos, y requiere el consenso de la comunidad. A continuación, te explicamos qué dice la ley, cómo debe hacerse el proceso y qué consecuencias puede haber si se actúa sin acuerdo. ## H2. Qué dice la ley sobre las antenas comunitarias Para comenzar, debes saber que las antenas de televisión instaladas en una comunidad de vecinos se consideran elementos comunes del inmueble. Esto significa que su instalación, mantenimiento o retirada está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por lo tanto, y según esta normativa, **ningún propietario puede quitar por su cuenta la antena comunitaria, aunque no la utilice.** Cualquier modificación o eliminación debe aprobarse en junta de propietarios, con el quórum correspondiente. ## H2. Qué pasos seguir para quitar una antena comunitaria Llegado el caso, y visto que sí se puede quitar una antena comunitaria, para retirarla se requiere seguir un proceso ordenado y documentado: - **Propuesta formal al presidente o administrador.** Cualquier vecino puede solicitar incluir en el orden del día la propuesta de retirada de la antena. El [administrador de fincas](https://aaff.atico07.es/funciones-del-administrador-de-fincas/) revisará la solicitud y la incluirá en la próxima convocatoria de junta. - **Presentación de informes o presupuestos.** Es recomendable disponer de un informe técnico que justifique la necesidad de la retirada o sustitución. También deben solicitarse presupuestos de instaladores autorizados.. - **Votación y acuerdo en junta.** Durante la reunión, se debatirá la propuesta y se someterá a votación. Para que sea válida, debe aprobarse por tres quintas partes de los propietarios. - **Contratación del técnico homologado.** Una vez aprobado el acuerdo, se contratará a una empresa instaladora inscrita en el Registro de Instaladores de Telecomunicaciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. - **Retirada y verificación técnica.** El técnico se encargará de desmontar la antena, asegurando que no se afecten otras instalaciones. Si la comunidad tiene seguro multirriesgo, conviene comunicar la intervención para evitar incidencias. - **Redacción del acta y comunicación a los vecinos.** El administrador deberá reflejar en el acta la decisión adoptada, el número de votos, el presupuesto aprobado y la empresa contratada. Posteriormente, se notificará a todos los vecinos. ## H2. Qué consecuencias puede tener quitar una antena sin permiso Como decíamos, se puede quitar una antena comunitaria, pero hacerlo sin acuerdo o sin seguir el procedimiento legal puede traer varios problemas. En primer lugar, **cualquier vecino afectado puede impugnar el acuerdo si no se alcanzó el quórum exigido o si considera que se vulneran sus derechos.** Además, si se produce un daño en la estructura del edificio durante la retirada, la responsabilidad recaerá sobre quienes la hayan ordenado sin autorización. Por otra parte, si la retirada deja sin servicio de televisión a un vecino, este podría reclamar daños y perjuicios. En estos casos, los tribunales suelen dar la razón al propietario afectado, especialmente si no se le ofreció una alternativa técnica. Por eso, los administradores de fincas insistimos en la importancia de dejar constancia de todo el proceso, desde la propuesta hasta la retirada efectiva. ## H2. Conclusión: quitar una antena comunitaria sí es posible, pero con consenso En resumen, sí se puede quitar una antena comunitaria, pero solo siguiendo el procedimiento legal y con el acuerdo de la comunidad. En este sentido, **la Ley de Propiedad Horizontal exige que la decisión se tome en junta de propietarios, con una mayoría cualificada, y que los trabajos los realice un técnico autorizado.** No obstante, antes de actuar, conviene consultar al administrador de fincas o a un abogado especializado en propiedad horizontal para asegurarse de que el proceso se realiza correctamente. Se puede quitar una antena comunitaria](https://aaff.atico07.es/wp-content/uploads/2025/11/Se-puede-quitar-una-antena-comunitaria.jpg)

